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El próximo viernes 30 de Abril de 2009 será el último día en el que las personas físicas podrán presentar su declaración anual del ejercicio fiscal de 2009.

Recuerde que las personas físicas pueden elaborar y presentar su declaración anual por medio del programa electrónico llamado "Declarasat 2010", o bien, a través del mismo portal en la aplicación "Declaración automática" que hasta el año pasado se llamaba "Declarasat en línea", y que tiene como caraterística principal el hecho de que ya tiene precargada la información del contribuyene como lo es los datos generales, los ingresos y las retenciones efectuadas por terceros. Para acceder a la Declaración automática es necesario contar con la Clave CIEC fortalecida o con la Firma Electrónica Avanzada.

Los contribuyentes que pueden presentar la declaración automática son los que perciban ingresos por los siguientes conceptos:

  • Sueldos y salarios, y asimilables a salarios
  • Actividades empresariales y profesionales
  • Régimen intermedio
  • Arrendamiento de inmuebles (casa habitación y/o local comercial)
  • Ingresos por intereses

Cuando el contribuyente persona física haya presentado la declaración anual correspondiente al ejercicio fisal de 2009 en los meses de Febrero o Marzo, se considerará que la misma fue presentada el 1 de Abril.

Publicado en Fiscales
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1 y 2 de Abril de 2010 días inhábiles

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publico en la CUARTA Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 cuya regla I.2.1.4. establece que los días 1 y 2 de Abril de 2010 se considerarán como días inhábiles para efectos del segundo párrafo del artículo 12 del Código Fiscal del la federación.

Los días 29, 30 y 31 de mayo si se consideran como hábiles para efectos fiscales, por lo cual si se computarán para los plazos establecidos en días hábiles.

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