Si necesitas borrar uno o más trabajadores del SUA lo puedes hacer de dos formas diferentes que te explicaremos a continuación. Se recomienda ampliamente generar un respaldo del sistema antes de eliminar trabajadores.
El número de guía que se emplea para presentar los movimientos afiliatorios (altas, bajas, y modificaciones de salarios) por medio de Disp-Mag ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se compone de 5 dígitos, de los cuales los dos primeros se componen del número asignado a la subdelegación a que corresponda el domicilio del patrón.
A continuación le presentamos la lista de las claves subdelegacionales IMSS:
En algunos casos el patrón persona física inscribe como asegurado al cónyuge argumentando que es trabajador o trabajadora; desde luego, dicha afiliación genera, por tratarse de un trabajador –que no es– prestaciones en especie o en dinero que son inherentes al régimen de seguridad social; sin embargo, tal actuación es improcedente y por ende, derivan consecuencias económicas………por ello, se analizan enseguida algunas razones por las cuales los cónyuges no deben ser inscritos como trabajadores ante el IMSS.
Conforme a lo citado por los Arts. 8, 10 y 20 de la LFT, se puede afirmar válidamente que para considerar una relación de trabajo entre particulares se requiere inevitablemente la existencia de la subordinación, es decir, alguien que da indicaciones u órdenes y otro que se sujeta a ellas tal como las recibió; además, el establecimiento de categoría, sueldo, horario, días de descanso, vacaciones, etcétera, son exigencias propias de una relación de trabajo; por tanto, a falta de los elementos que se han mencionado, no puede existir relación laboral…..ahora bien, para entender con mayor claridad el concepto de subordinación, hay que recordar que la existencia de una relación laboral es de vital importancia, pues de ella se deriva la obligación de inscribir a los subordinados ante el IMSS, tal como lo establece el Art. 12 de la LSS en los términos siguientes:
El gobierno federal anuncio el día 5 de Mayo que otorgará a los contribuyentes algunos apoyos y estímulos por la considerable disminución de los ingresos por las medidas sanitarias que se tomaron por la epidemia del virus de Influenza Humana.