El Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través del cuarto anteproyecto de la Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelanea Fiscal para 2009, ha dado a conocer que la declaración informativa anual de los ingresos obtenidos en el Régimen de Pequeños Contribuyentes para el ejercicio fiscal de 2009 solo se tendrá la obligación de presentarla cuando está sea requerida por las autoridades fiscales.
A continuación transcribimos el contenido de la regla II.2.14.12.:
"Para los efectos del artículo 137, cuarto párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen de conformidad con la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, únicamente presentarán la declaración informativa de los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal de 2009, cuando sea requerida por las autoridades fiscales."