Este viernes 6 de Julio vence el plazo para presentar oportunamente las modificaciones de salarios ante el IMSS por los salarios variables y mixtos. De conformidad con los artículos 15 fracción I, 34 y 37 de la Ley del Seguro Social (LSS) es obligación del patrón presentar los avisos de modificación de salarios variables y mixtos dentro de los siguientes cinco días hábiles posteriores al bimestre que corresponda ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
En este caso este 6 de Julio se deberán presentar las modificaciones de salarios del bimestre Mayo y Junio 2012.
¿Qué sucede si no presento a tiempo el aviso de modificación de salarios variables y mixtos?
1. Si el nuevo Salario Base de Cotización (SBC) determinado es inferior al anterior, entonces el aviso de modificación de salarios NO SURTE EFECTOS, y el patrón deberá cubrir las cuotas conforme el salario anterior.
2. Si el nuevo SBC es mayor al anterior, entonces el aviso de modificación de salarios SI SURTE EFECTOS, y por lo tanto el patrón deberá calcular y enterar las cuotas considerando el nuevo SBC.
¿Qué sucede si el SBC variable determinado es igual al del bimestre anterior?
El patrón no se encontrará obligado a presentar el aviso de modificación de salario.
Recuerda que en Snogari tenemos un archivo llamado “ExportaIdse” que te simplifica la presentación de movimientos afiliatorios por medio del IDSE o en la subdelegación IMSS.