7 de Sept, fecha límite para presentar modificaciones de salarios variables

Este viernes 7 de Septiembre vence el plazo para presentar oportunamente las modificaciones de salarios ante el IMSS por los salarios variables y mixtos. De conformidad con los artículos 15 fracción I, 34 y 37 de la Ley del Seguro Social (LSS) es obligación del patrón presentar los avisos de modificación de salarios variables y mixtos dentro de los siguientes cinco días hábiles posteriores al bimestre que corresponda ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

 

En este caso este 7 de Septiembre se deberán presentar las modificaciones de salarios del bimestre Julio y Agosto de 2012.

¿Qué sucede si no presento a tiempo el aviso de modificación de salarios variables y mixtos?

1.  Si el nuevo Salario Base de Cotización (SBC) determinado es inferior al anterior, entonces el aviso de modificación de salarios NO SURTE EFECTOS, y el patrón deberá cubrir las cuotas conforme el salario anterior.

2.  Si el nuevo SBC es mayor al anterior, entonces el aviso de modificación de salarios SI SURTE EFECTOS, y por lo tanto el patrón deberá calcular y enterar las cuotas considerando el nuevo SBC.

 

¿Qué sucede si el SBC variable determinado es igual al del bimestre anterior?

El patrón no se encontrará obligado a presentar el aviso de modificación de salario.

 

Recuerda que en Snogari tenemos un archivo llamado “ExportaIdse” que te simplifica la presentación de movimientos afiliatorios por medio del IDSE o en la subdelegación IMSS.