El plazo para presentar el dictamen para efectos fiscales correspondiente al ejercicio fiscal de 2008 está próximo a vencer. De conformidad al artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), el dictamen podrá ser presentado a más tardar el día 30 de Junio de 2009.
La regla II.2.7.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2009, establece como fecha límite para presentar el dictamen el siguiente calendario:
Letras del RFC | Fecha de envio |
De la A a la F | Del 18 al 22 de Junio de 2009 |
De la G a la O | Del 23 al 25 de Junio de 2009 |
De la P a la Z y & | Del 26 al 30 de Junio de 2009 |
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) ha sostenido algunas reuniones con el jefe del SAT, Lic. Alfredo Gutiérrez Ortíz-Mena con el objeto de eliminar o se elimine la obligatoriedad de algunos anexos del SIPRED. Esto porque algunos anexos van en contra de la normatividad que regula la actuación del contador público.
En próximos se anunciarán los acuerdos logrados por las gestiones del IMCP ante el SAT.