Declaraciones y pagos

A partir del mes de Noviembre de 2009, los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de octubre y posteriores deberán ser presentados a través del nuevo sistema llamado "Declaraciones y pagos" en caso se que se trate de los siguientes contribuyentes:
  • El Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
  • Los organismos constitucionalmente autónomos.
  • Comisión Federal de Electricidad, Luz y Fuerza del Centro, Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.

Los contribuyentes que ya estaban obligados a tributar por este sistema desde el mes de Mayo de 2009 correspondiente a los pagos de Abrl del mismo año son los siguientes contribuyentes:

  • Los contribuyentes del sector financiero
  • Sociedades mercantiles controladoras y controladas
  • Personas morales del título II de la ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal declarado hayan consignado en sus declaraciones ingresos acumulables iguales o superiores a 500 millones de pesos