Reformas al Código Fiscal de la Federación

El pasado 14 de Octubre la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobo por unanimidad las reformas al Código Fiscal de la Federación. Dentro de las reformas aprobadas se encuentra la incorporación del comprobante fiscal dígital.

A continuación le presentamos el boletín 0230 emitido por la Comsión de Hacienda donde dan a conocer las reformas:

Boletin 0230 Avala por unanimidad la Comisión de Hacienda reformas al Código Fiscal de la Federación

Incorporan el uso del comprobante fiscal digital

La Comisión de Hacienda y Crédito Público aprobó por unanimidad el dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, que busca, entre otras cosas, fortalecer los actuales esquemas de comprobación fiscal.

La reforma a este ordenamiento es parte de la iniciativa del Ejecutivo que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en materia fiscal.

Las modificaciones aprobadas al Código Fiscal de la Federación pretenden tener un mejor control de las operaciones de los contribuyentes, reduciendo los costos de facturación, impulsando la utilización de nuevas herramientas tecnológicas y el beneficio del resguardo de la información y documentación en caso de alguna contingencia.

Propone utilizar el comprobante fiscal digital; comprobantes en papel que tengan adherido un dispositivo de seguridad y, como tercer medio de comprobación los estados de cuenta sin documentos adicionales para su validez y amplía la utilización de este último a entidades financieras, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y/o por las personas morales autorizadas para emitir tarjetas de crédito, débito, servicio o monederos electrónicos.

Se plantea sean de libre impresión los comprobantes fiscales en papel con la adición de un dispositivo de seguridad para otorgarles autenticidad y validez.

Dicho dispositivo lo emitirá un proveedor autorizado por el SAT y podrá ser utilizado en operaciones hasta por un monto de dos mil pesos, lo cual garantizará que con un comprobante en papel no se realicen deducciones o acreditamientos millonarios, evitando deducciones indebidas.

Así, se prevé que habrá menos devoluciones improcedentes por supuestos saldos a favor, originadas con la reproducción de comprobantes emitidos en papel, pues la autoridad fiscal podrá rastrear con mayor facilidad los folios asignados y el dispositivo de seguridad que le hubiere enajenado un distribuidor autorizado.

Los dispositivos que no se utilicen en dos años deberán ser destruidos y se tendrá la obligación de informar a las autoridades fiscales. Tanto contribuyentes como distribuidores autorizados deberán comunicar a la autoridad el detalle de autorización de los folios autorizados.

Se establece como infracción, con su sanción correspondiente, la omisión de proporcionar a la autoridad fiscal la información que corresponda a los comprobantes emitidos con dispositivo de seguridad.

Sobre el nuevo esquema de comprobación fiscal digital a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se propone incorporar la figura de proveedores de certificación de comprobantes fiscales, los cuales podrán efectuar la validación, asignación de folios e incorporación del sello permitiendo a los contribuyentes elegir la opción que consideren conveniente para emitir sus comprobantes fiscales en tiempo y forma.

Se adecua el tipo penal para quienes falsifiquen, ostenten como propia, guarden o almacenen información de los contribuyentes contenida en los comprobantes fiscales digitales.

Señala el dictamen que se incluye como sujetos de infracción a los proveedores autorizados de certificación de comprobantes fiscales digitales a través de Internet.

Esta reforma disminuirá costos administrativos de los contribuyentes, que no necesitarán de espacios adicionales para almacenar archivos o personal para su manejo y custodia e impactará favorablemente en la conservación del medio ambiente y se tendrá la facilidad de salvaguardar la información y documentación electrónica ante cualquier contingencia al ser conservada por el SAT en sus bases de datos.

Posteriormente, el presidente de la Comisión, Mario Alberto Becerra Pocoroba, informó que se reunirán el próximo viernes a las 12:00 del día, en el Salón Protocolo, del edificio “C”, al término de la reunión de la Comisión de Gastos Fiscales.

Becerra Pocoroba explicó que se hicieron adecuaciones importantes al eliminar la responsabilidad de los accionistas; una causal para que la caducidad fuese de 10 años y el que no hubiera citatorios en la visita domiciliaria, tanto en el inicio como en el acta final.

En el tema de los comprobantes digitalizados, dijo que se estableció un vacatio legis de un año para establecer, con un estudio profundo, si es la solución para evitar la compra-venta de facturas apócrifas.

Reconoció que la reforma fue aprobada por unanimidad de votos de todas las fuerzas parlamentarias, lo cual “es trascendente”, porque no se presentó un proyecto en que no se hubiesen escuchado los diversos planteamientos.

“Es un buen inicio de esta Legislatura, porque recogimos todas las expresiones y todas las peticiones de los diversos grupos parlamentarios”.
Discusión en lo particular

Asimismo, el pleno de la Comisión avaló la adición de un artículo transitorio para los efectos del artículo 69 del Código en comento, a fin de garantizar la confidencialidad de la información de los contribuyentes.

El artículo transitorio dirá: las autoridades fiscales deberán proporcionar a la Cámara de Diputados la información solicitada por actividad económica sin el nombre o dato alguno que permita la identificación individual del contribuyente. Lo anterior, en tanto se establezcan las instancias de la propia Cámara de Diputados, que garanticen la confidencialidad de la información de los contribuyentes.